
// Aunar criterios de control del Programa de Actividades Anual.
// Efectividad en la aplicación del Reglamento de Pelota Metropolitano.
// Coordinación directa de asignación de árbitro en cada
encuentro con derecho a veto en la designación de árbitros propuesto
por la AAAPV.
// Resolución efectiva de responsabilidades institucionales.
Con el mismo criterio empleado desde la aplicación del Programa de Actividades 2009 se crea esta Comisión con el siguiente reglamento interno:
// La cúpula de la Comisión de Árbitros Metropolitanos
estará compuesta por 3 (tres) Árbitros Oficiales Metropolitanos
y la composición deberá cumplir con los siguientes puntos:
// No podrán pertenecer los miembros titulares del Consejo Directivo
de la FMP, siendo designados por la AAAPV sobre una lista propuesta por la FMP,
esta última posee el derecho y obligación de supervisar la actuación
de los mismos.
// Su función en el cargo es con periodos anuales.
// La elección de los 3 (tres) integrantes será realizada en la
primera reunión del mes de marzo del Consejo Directivo de la FMP. El
primer periodo comienza en el mes de Julio del 2009 y caduca en Febrero del
2010.
// Serán elegidos de las filas de la AAAPV y con el consenso de las autoridades
de la FMP por los árbitros reconocidos por la FMP y deberán ser
votados por votar un mínimo de 10 árbitros y elegidos por mayoría
simple. No pudiendo realizar tarea arbitral quien no pertenezca a la AAAPV y
no se encuadre dentro de los artículos contemplados en la AAAPV.
// Para su desenvolvimiento interno posee total autonomía del Consejo
Directivo de la FMP, debiendo ser responsable de sus resoluciones y tendrá
entre sus atributos los derechos y obligaciones que consta en estatuto de la
AAAPV.
// Está Comisión de Árbitros será el único
nexo entre Árbitros y el Tribunal de Disciplina del Consejo Directivo
de la FMP. La misma deberá hacer cumplir el Programa de Actividades en
curso.
// La Comisión de Árbitros posee la facultad de aplicar el Scoring
a Clubes y/o jugadores, como así también aplicar penas de diverso
tipo a árbitros oficiales, quienes contarán también con
sistema de Scoring positivo al igual que Clubes y Jugadores.
// Será la Comisión de Árbitros quien autorice o decida
el árbitro que oficie de juez en cada encuentro, debiendo hacer cumplir
el Programa de Actividades y en función del desempeño del árbitro
y su scoring, ascenderá o descenderá según el mismo. En
caso de que el árbitro sea local la responsabilidad de la presencia de
este en tiempo y forma con el Programa de Actividades es absoluta responsabilidad
del club local. La presencia del árbitro SIEMPRE es responsabilidad directa
del club LOCAL, sin perjuicio de las medidas disciplinarias que le quepan en
función de sus desempeños tanto reglamentarios como administrativos,
regidos y vinculados al tribunal de disciplina de la AAAPV.
// Condiciones para ser Árbitro Metropolitano
// Los árbitros que dirijan encuentros organizados por la FMP solo podrán
ser aquellos que aprobaron los cursos brindados por la AAAPV supervisados por
esta federación.
// Los árbitros de la AAAPV que no hallan realizado el curso correspondiente
brindado por la FMP deberán rendir un cuestionario que acredite su conocimiento
sobre el Reglamento Metropolitano.
// Solo los árbitros que cumplan con los puntos anteriores podrán
dirigir encuentros organizados por esta FMP de distintas categorías,
además serán evaluados constantemente en su desenvolviendo de
acuerdo a su calificación, rendimiento, capacidad y conducta Scoring
Arbitral y deberán utilizar la vestimenta distintiva de la AAAPV.
// El listado de estos árbitros esta publicado constantemente en el sitio
de la web oficial de la FMP y de la AAAPV.